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Artículos que puede
traer a C.R.

Artículos que puede traer a Costa Rica

Cada persona que entre a Costa Rica tiene derecho a introducir equipaje con articulos personales en cantidades razonables, medicinas y equipo de asistencia, si es necesario: 

 

A. Medicinas: Si usted necesita viajar a Costa Rica con sus medicinas, por favor considere lo siguiente:
 

  • Lleve las cantidades necesarias, que es la cantidad normal usada por una persona con su problema de salud.

  • Deberá llevar con usted una prescripción especificando que la medicina esta siendo usada para su salud física. 

  • Tenga las medicinas etiquetadas o debidamente identificadas. El equipo de trabajo debe ser portátil y usado.
     

B. Artículos de uso personal: Puede traer a Costa Rica los siguientes artículos de uso personal, en una cantidad razonable, si son portátiles y usados:
 

  • Libros y manuscritos

  • Camara (1) y sus accesorios

  • Ropa

  • Joyas

  • Instrumento musical (1) y sus accesorios

  • Fotografías e impresiones no comerciales

  • Radio portatil (1)

  • Rollos de película (6)

  • Juguetes

  • Sombrilla

  • Camara de video (1) y sus accesorios

  • Zoom (1)
     

C. Para usted y el consumo de su familia también pueden traer:
 

  • Comida de bebe

  • Cigarros (500 gramos por persona)

  • Confites (2 kilogramos por persona)

  • Vino y licor (Hasta 5 litros por persona) debe ser mayor de 18 años.
     

D. Artículos para el trabajo: Se le permite llevar a Costa Rica artículos requeridos en su profesión, siempre y cuando sean usados y portatiles. Estas disposiciones excluyen equipo completo para laboratorios, oficinas y talleres. Algunos artículos que puede llevar son:
 

  • Computadora portátil  (1)

  • Pintura y lienzos

  • Impresora portátil (1)

  • Grabadora (1)

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