Artículos que puede
traer a C.R.
Artículos que puede traer a Costa Rica
Cada persona que entre a Costa Rica tiene derecho a introducir equipaje con articulos personales en cantidades razonables, medicinas y equipo de asistencia, si es necesario:
A. Medicinas: Si usted necesita viajar a Costa Rica con sus medicinas, por favor considere lo siguiente:
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Lleve las cantidades necesarias, que es la cantidad normal usada por una persona con su problema de salud.
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Deberá llevar con usted una prescripción especificando que la medicina esta siendo usada para su salud física.
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Tenga las medicinas etiquetadas o debidamente identificadas. El equipo de trabajo debe ser portátil y usado.
B. Artículos de uso personal: Puede traer a Costa Rica los siguientes artículos de uso personal, en una cantidad razonable, si son portátiles y usados:
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Libros y manuscritos
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Camara (1) y sus accesorios
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Ropa
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Joyas
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Instrumento musical (1) y sus accesorios
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Fotografías e impresiones no comerciales
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Radio portatil (1)
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Rollos de película (6)
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Juguetes
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Sombrilla
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Camara de video (1) y sus accesorios
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Zoom (1)
C. Para usted y el consumo de su familia también pueden traer:
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Comida de bebe
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Cigarros (500 gramos por persona)
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Confites (2 kilogramos por persona)
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Vino y licor (Hasta 5 litros por persona) debe ser mayor de 18 años.
D. Artículos para el trabajo: Se le permite llevar a Costa Rica artículos requeridos en su profesión, siempre y cuando sean usados y portatiles. Estas disposiciones excluyen equipo completo para laboratorios, oficinas y talleres. Algunos artículos que puede llevar son:
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Computadora portátil (1)
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Pintura y lienzos
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Impresora portátil (1)
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Grabadora (1)